Este procedimiento se aplica a los requerimientos que se presenten y
que sean relacionados con los servicios que presta la institución en todas sus dependencias, siendo
el Sistema de Quejas, Reclamos y Sugerencias el encargado de radicar, dar inicio al trámite,
brindar información al usuario, remitir a la unidad académico administrativa u oficina competente
si es el caso y/o hacer seguimiento según se considere. Una vez presentado el requerimiento en un
término no mayor a tres días hábiles recibirá notificación del trámite dado.
Los requerimientos como: quejas, reclamos, sugerencias, denuncias, consultas, derechos de
petición y demás, se pueden radicar por los diferentes canales; también se cuenta con buzones
físicos ubicados en distintas áreas de la universidad, tal como se indica en la página web
institucional.
Los requerimientos anónimos serán tramitados de acuerdo a los parámetros establecidos por la
ley, y el Sistema de Quejas, Reclamos y Sugerencias una vez tenga conocimiento de éstos, deberá
analizar el requerimiento, y dará inicio al trámite, publicando en la página de la universidad.
Serán objeto de rechazo los requerimientos anónimos cuando sean manifiestamente temerarios o
se refieran a hechos irrelevantes o de imposible ocurrencia, o sean presentados de manera
absolutamente inconcreta o difusa. Si los requerimientos indican hechos presuntamente constitutivos
de un delito o infracción disciplinaria la solicitud deberá enviarse a la autoridad competente para
el debido trámite.
El usuario puede interponer quejas y reclamos relacionados con omisiones y acciones de la
Universidad o comunicar una irregularidad de la entidad comunicándose con los entes de control como
lo son La Procuraduría General de la Nación, Contraloría General de la República y Fiscalía General
de la Nación.
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