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Vicerrectoría Académica

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Comité de Personal Docente y de Asignación de Puntaje

Comité de Personal Docente y de Asignación de Puntaje

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Generalidades

¿Qué es el Comité de Personal Docente y de Asignación de Puntaje?
"El Comité de Personal Docente y de Asignación de Puntaje es el órgano interno de la universidad, de carácter asesor en la aplicación y desarrollo de la carrera docente, y de carácter decisorio en el reconocimiento de puntos salariales y de asignación de bonificaciones a los docentes de carrera de la universidad, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto 1279 del 12 de junio de 2002" (Acuerdo 059 de 2002).

De las funciones del Comité de Personal Docente
El Comité de Personal Docente y de Asignación de Puntaje de la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia tiene como funciones las siguientes (Artículo. No 4 del Acuerdo 059/02):  

De las Funciones del Comité de Personal Docente:

Artículo 4.- Serán funciones del Comité las siguientes:

  1. Recomendar los proyectos de resolución que determinen la clasificación de los profesores universitarios, para efectos de nombramiento y celebración de contratos, promociones en el escalafón, evaluación y asignación o modificación de puntaje; cambios en la dedicación o sobre cualquier novedad que establezca o modifique su relación laboral. Así mismo, conceptuar acerca de las reclamaciones que sobre estos aspectos se tramiten en la Institución.
  2. Realizar y preparar los actos administrativos relacionados con la asignación y reconocimiento de bonificaciones, de puntos saláriales por títulos, categorías, experiencia calificada, cargos académico-administrativos, y desempeño en la docencia y extensión; el reconocimiento de los puntos salariales asignados a la producción académica por los pares externos, conforme a lo previsto en el Decreto 1279 de 2002 y en los Acuerdos reglamentarios de la Institución o en las normas que los modifiquen o sustituyan.
  3. Asesorar a la Dirección de la Universidad en todo lo que atañe a la carrera docente Universitaria prevista en el Estatuto Profesoral.
  4. Designar los pares evaluadores de la productividad académica de los docentes, con fines saláriales o de bonificación, de conformidad con lo estipulado en el Decreto 1279 de 2002.
  5. Dar cumplimiento a los requisitos y procedimientos que se adopten para el otorgamiento de bonificaciones o puntos salariales, de acuerdo con lo establecido en las normas legales y/o reglamentarias vigentes.
  6. Vigilar los procesos de evaluación del desempeño docente y garantizar su cumplimiento de acuerdo con los requisitos y procedimientos establecidos.
  7. Conceptuar sobre las decisiones de los Consejos de Facultad en relación con los concursos de méritos, los procesos de selección de docentes, la evaluación del desempeño y los cambios de dedicación, y comisiones académicas o administrativas que otorgue la universidad.
  8. Preparar, evaluar y tramitar ante el Consejo Académico los proyectos que definan los instrumentos de evaluación de los docentes y acopiar la información con los resultados de sus aplicaciones, para ser incorporados a la hoja de vida.
  9. Establecer la sistematización de toda la información sobre los distintos factores que configuran la hoja de vida académica de los docentes universitarios y velar por su actualización y desarrollo.
  10. Informar al Grupo de Seguimiento al régimen salarial y prestacional establecido en el Decreto 1279 de 2002 por los requerimientos y observaciones que se soliciten.
  11. Desempeñar las demás funciones que les sean asignadas por las normas y disposiciones legales vigentes y que correspondan a la naturaleza de este Comité.
  12. Expedir su propio reglamento.

Parágrafo: Los Actos que resuelvan recursos contra las determinaciones aquí señaladas, y concedidos para agotar la vía gubernativa, deberán tener el concepto de este Comité.

De las Funciones del Comité de Personal Docente

Funciones de la Secretaría Técnica del Comité (Acuerdo 059/02) .

Artículo 6.- La Secretaría Técnica del Comité tendrá las siguientes funciones:

  1. Elaborar los proyectos de resolución que establezcan la clasificación de los profesores universitarios, cualquiera sea su vinculación, para efectos de nombramiento, celebración de contratos, promociones en el escalafón, evaluación y asignación o modificación de puntaje, cambios en la dedicación o sobre cualquier novedad que modifique su relación laboral.
  2. Preparar los proyectos de resolución relacionados con la asignación y reconocimiento de bonificaciones, de puntos salariales por títulos, categorías, experiencia calificada, cargos académico administrativos, y desempeño en docencia, extensión y el reconocimiento de los puntos salariales asignados a la producción académica por los pares externos, conforme a lo dispuesto en el Decreto 1279 de 2002 y a los Acuerdos reglamentarios internos de la Institución o a las normas que los modifiquen o sustituyan.
  3. Radicar la documentación presentada, verificando siempre que ésta cumpla con los requisitos legales y estatutarios.
  4. Acopiar toda la información, producida por las Facultades, relacionada con los procesos de evaluación docente y preparar los informes requeridos por las unidades académicas y administrativas.
  5. Llevar el registro de todas las novedades que se incorporen a la hoja de vida académica de los docentes, cualquiera sea su vinculación.
  6. Responder por la sistematización y los archivos de toda la información y documentación que sobre los distintos factores que configuran la hoja de vida académica de los docentes universitarios sean presentados por éstos.
  7. Suministrar oportunamente la información que requiera el personal docente y/o las distintas instancias administrativo-académicas de la universidad.
  8. Recepcionar y tramitar ante el Comité las solicitudes que se presenten.
  9. Elaborar y someter a su consideración las actas de las reuniones del Comité.
  10. Refrendar con su firma las Actas del Comité debidamente aprobadas.

(Acuerdo 059 de 2002)
Capítulo 1

"Artículo 1, - El Comité de Personal Docente y de Asignación de Puntaje es el órgano interno de la universidad, de carácter asesor en la aplicación y desarrollo de la carrera docente, y de carácter decisorio en el reconocimiento de puntos salariales y de asignación de bonificaciones a los docentes de carrera de la universidad, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto 1279 del 12 de junio de 2002".

De la composición:

Artículo 2 - El Comité estará integrado por:

  1. El Vice-rector Académico, quien lo presidirá.
  2. Un representante de las áreas de ciencias básicas.
  3. Un representante de las áreas tecnológicas.
  4. Un representante de las áreas de ciencias humanas.
  5. Un representante de las áreas artísticas.
  6. Un representante de las áreas de las ciencias de la salud.
  7. Una Secretaría Técnica, nombrada por el Rector, con voz y sin voto.

Presidente
Vicerrectora Académica
Ruth Maribel Forero Castro

Representante Área de Artes
Sandra Gabriela Numpaque Piracoca
sandra.numpaque@uptc.edu.co

Representante Área de Humanidades
Olga Najar Sánchez
olga.najar@uptc.edu.co

Representante Área Tecnológica
Rafael Guillermo García Cáceres

Representante Área de Ciencias
Por elegir


Representante  Área de Ciencias de la Salud
María Rosa Estupiñan Aponte

Secretario Técnico
Edwin Moncada Villa

Parágrafo 1: Los representantes serán elegidos para períodos de cuatro (4) años por votación directa de las Asambleas de profesores de las áreas respectivas.

Parágrafo 2: Las áreas estarán conformadas así:

  1. Artes: Música, Artes Plásticas y afines
  2. Humanidades: Educación, Psicología, Economía, Administración, Contadurías y Derecho
  3. Tecnológica: Ingenierías, Diseño, Veterinaria y Zootecnia y Estudios Tecnológicos
  4. Ciencias Básicas: Químicas, Físicas, Matemáticas, y Biológicas
  5. Ciencias de la Salud: Medicina y Enfermería.

Artículo 3.- Para ser miembro del Comité se requiere ser Profesor de planta, de tiempo completo o dedicación exclusiva, debidamente escalafonado; acreditar título de Maestría o Doctorado.

Parágrafo: son incompatibilidades para el ejercicio de la representación profesoral del área respectiva ante el Comité, el desempeño de funciones directivas u otra representación.

 

Edwin Moncada Villa
Secretario Técnico Comité Docente y Asignación de Puntaje

Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia
Comité Personal Docente y de Asignación de Puntaje
Cuarto Piso Edificio Administrativo
Tunja - Boyacá - Colombia
PBX: (8) 7405626 Extensión 2487   
comite.docente@uptc.edu.co 

 

Información actualizada: 02 de junio de 2023

Normatividad

A continuación pordrá consultar la normatividad externa directamente relacionada con la asignación de puntaje salarial de los docentes:

De la ley 30 se destaca el Capítulo III: del personal docente y administrativo, artículos 70 a 80.

El Decreto 1279 de 2002, en su totalidad es relevante para el tema salarial, los Acuerdos (1 a 4) del Grupo de Seguimiento al Decreto 1279/2002, precisan aspectos relacionados con dicho decreto.

Las normas incluidas constituyen el marco nacional para la determinación del salario de los docentes de las universidades públicas.

Ley

Decretos

Resoluciones

Acuerdos

Presentación

Se relaciona a continuación la normatividad interna que incide en la asignación de puntaje salarial de los docentes:

  • En el estatuto docente (Acuerdo 021/93), está especialmente relacionado con el tema, los capítulos III del escalafón docente y IV: De los requisitos de ingreso y promoción en el escalafón (Artículos 27 a 40)
  • El Acuerdo 059/02 reglamenta la conformación del Comité de Personal Docente y de Asignación de Puntaje, sus funciones, los requisitos para sus integrantes y demás aspectos básicos para su funcionamiento. El reglamento de elección de representantes ante el Comité de Personal Docente y de Asignación de Puntaje, está contenido en la Resolución Rectoral 1843/07.
  • Los fundamentos para la asignación de puntaje salarial por la presentación de productos académicos se consigna en los Acuerdos 063/02, 060/09 y 015/11.
  • Los referentes para la asignación de bonificaciones por productividad académica, se registran en el Acuerdo 066/02 y la reglamentación aplicable a los pares académicos se indica en la Resolución Rectoral 2530/08
  • Referentes normativos básicos sobre asignación de puntaje por desempeño destacado en docencia y extensión y sobre la evaluación de los docentes se plasman en los Acuerdos 065/02, Acuerdo 031/07 y la Resolución del Consejo Académico 030/12.
  • Aspectos sobre la evaluación del desempeño en cargos de dirección Académico – Administrativa y la asignación de puntaje correspondiente, se plasman en los Acuerdos 064/02 y 083/06
  • Los fundamentos normativos para la asignación salarial de los docentes ocasionales, se registra en los Acuerdos 060/02 y 089/06 y la reglamentación asociada con el Banco de Información de Elegibles - BIE está consignada en el Acuerdo 053/12.
  • El reconocimiento económico a catedráticos internos y externos, se basa en lo señalado por los Acuerdos 015 /09 y 011 /12
  • La reglamentación base para los concursos docentes de planta, se indica en la Resolución Rectoral 3689/10

Estatuto de profesores universitarios UPTC

Conformación, funciones

Reglamento para la Elección

Productividad Académica

Evaluación docente

Evaluación del desempeño y reconocimiento de puntos salariales y bonificaciones por desempeño docente y en labores de extensión

Evaluación docente

Evaluación del desempeño en cargos de dirección Académico - Administrativa

Docentes ocasionales y catedráticos

Vinculación de Docentes Ocasionales

Banco de Información de Elegibles - BIE (Ocasionales y Catedráticos)

Catedráticos

Concursos docentes

Reglamentación concursos docentes de planta

Planta docente

Plan de capacitación

Modalidades de investigación Trabajos de ascenso

Modalidades de extensión

Formato de Hoja de Vida única

Obligatoriedad de diligenciar anualmente el formato de hoja de vida única

Derechos de Autor en el Ámbito Universitario

 

Información actualizada: 12 de abril de 2023

proyectos

     

    Información actualizada: 12 de abril de 2023

    Documentos importantes para los trámites ante el Comité de Personal Docente

    Documentos importantes para los trámites ante el Comité de Personal Docente

      Procedimientos

      • A-GH-P01 Selección de Servidores Públicos Docentes
      • A-GH-P03 Vinculación Servidores Públicos
      • A-GH-P04 Apertura y Manejo de Historias Laborales
      • A-GH-P06 Certificaciónes Laborales
      • A-GH-P14 Puntaje Salarial, Ingreso y Promoción en el Escalafón Docente
      • A-GH-P15 Legalización de Productividad Académica

      Formatos

      Formatos

        Guías

        • A-GH-P01-G01 Requisitos Generales para el Reconocimiento Salarial
        • A-GH-P03-G01 Requisitos Genarales para Posesión
        • A-GH-P11-G01 Solicitar Situaciónes Administrativas
        • A-GH-P15-G01 Guía para la Clasificación de Documentos Productividad Académica
         

        Información actualizada: 12 de abril de 2023