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Rectoría

Rectoría

Consejo Académico

Consejo Académico

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Composición:
El Consejo Académico estará integrado conforme lo establece el Estatuto General de la Universidad, las normas que lo modifiquen o sustituyan. Actuará como presidente el Rector de la Universidad, y en su ausencia temporal el Vicerrector Académico. 

 
Quórum:
Constituye Quórum para deliberar y tomar decisiones, la mitad más uno de sus integrantes debidamente acreditados ante la Secretaría General de la Universidad. Esta función no es delegable. 

 
Funciones:
Las funciones del Consejo Académico serán las establecidas en el Artículo 24 del Acuerdo 066 de 2005, Estatuto General de la Universidad y las demás que le asignen los Reglamentos internos de la Institución.

Los actos del Consejo Académico, en su condición de máxima autoridad académica, se denominarán Resoluciones, conceptos o recomendaciones. Las Resoluciones serán firmadas por el Presidente y Secretaria (o) los Conceptos y Recomendaciones serán firmados por la Secretaria (o).


Funciones del Presidente del Consejo Académico:
  • Presidir las sesiones del Consejo Académico.
  • Firmar las Resoluciones.
  • Cumplir y hacer cumplir el reglamento interno.
  • Procurar, por intermedio de la Secretaría, la asistencia de todos los miembros a cada una de las sesiones del Consejo. 
  • Firmar las actas de cada una de las sesiones.
  • Dar posesión a los Miembros del Consejo Académico.
  • Convocar a las sesiones ordinarias y extraordinarias.
  • Proponer el orden del día para cada una de las sesiones.

 

Funciones de la Secretaria (o) del Consejo Académico
  • Asistir a las sesiones del Consejo Académico.
  • Citar a los integrantes a las sesiones ordinarias y extraordinarias.
  • Llevar y firmar las actas de las sesiones.
  • Leer los documentos que tengan relación con las funciones de la Corporación.
  • Firmar las Resoluciones, Conceptos, Recomendaciones y demás documentos y  comunicaciones que produzca el Consejo.
  • Velar por la integridad del archivo general de la Secretaría
  • Registrar con fidelidad las deliberaciones y determinaciones del Consejo y  guardar la debida reserva sobre las mismas.
  • Solicitar por escrito los informes a las comisiones que designe el Consejo  Académico.
  • Las demás que le sean asignadas por el Consejo Académico.   
 
El Consejo Académico conformará las comisiones:


El Consejo Académico conformará las comisiones establecidas en el Artículo 62 del Acuerdo 066 de 2005, para los fines allí establecidos, y las que considere pertinentes para el cumplimiento de sus funciones.   

  • El Consejo Académico y las comisiones por él designadas, podrán citar a quienes consideren necesarios, para el cumplimiento de su función.  
  • Las comisiones informarán al Consejo en pleno de los asuntos sometidos a su consideración y, por intermedio de su relator, preparará los proyectos de Resolución o Acuerdos, o Conceptos que habrán de tramitarse a la sesión del Consejo para su aprobación o recomendación definitiva.  
  • El Consejo Académico publicará semestralmente un boletín informativo.
  • Cuando considere necesario, el Consejo Académico nombrará Comisión Técnica, para resolver asuntos pendientes de la sesión que no alcancen a estudiarse en la sesión respectiva. Las decisiones de la Comisión Técnica serán avaladas por esta Corporación.  

Los integrantes del Consejo Académico deberán:
  • Asistir puntualmente a las sesiones del Consejo Académico.
  • Cumplir con las comisiones que le sean asignadas.
  • Sujetarse al régimen de inhabilidades, incompatibilidades y responsabilidades que le corresponda como Miembro de la Corporación.
  • Justificar por escrito o e-mail a la Secretaría sus ausencias.
  • Abstenerse de presentar casos que no sean de competencia del Consejo Académico.
  • Informar periódicamente a sus representados sobre sus actuaciones como integrante de la Corporación. De estas acciones comunicará por escrito al Consejo Académico, en cumplimiento al Artículo 28, Literal f), del Acuerdo 066 de 2005.
 
Los integrantes del Consejo Académico tendrán derecho a:
  • Acceder a la información completa, oportuna y veraz para la toma de  decisiones.
  • Participar en las deliberaciones y decisiones del Consejo Académico.
  • Conocer oportunamente los antecedentes que puedan configurar la toma de decisiones.
  • Solicitar por escrito o verbalmente las explicaciones sobre las decisiones que tome la Rectoría y Vicerrectoría Académica y tengan competencia con las funciones del Consejo Académico.
  • Recibir un tratamiento cortés con arreglo a los principios básicos de las relaciones humanas.
  • Recibir informe de parte de la Dirección de la Universidad sobre la marcha de la Institución.
  • Solicitar al Presidente la convocatoria a reuniones extraordinarias del Consejo Académico.  
Miembros del Consejo Académico

Integrantes

Enrique Vera López
Rector - Presidente


Ruth Maribel Forero Castro
Vicerrectora Académica


Óscar Pulido Cortés
Decano - Facultad Ciencias de la Educación


Gladys Yaneth Mariño Becerra
Decana - Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas


Luis Gabriel Márquez Díaz
Decano - Facultad de Ingeniería


Hilda Lucía Jiménez Orozco
Decana - Facultad Seccional Duitama


Carlos Mauricio Moreno Téllez
Vicerrector de Investigaciones y Extensión 


John Ewin Mojica Sandoval
Director de Bienestar Universitario


Diana Carolina Latorre Velásquez
Jefe Departamento de Posgrados


Helver Parras Arias
Representante de los Directores de Programas de Pregrado


Jairo Martín Espitia López
Representante de los Directores de Programas de Posgrados


Yofre Danilo Sanabria Argüello
Representante de los Profesores - Sede Central


Tannia Álvarez Meneses
Representante Profesoral por las Seccionales


Lisith Katherine Flechas Coronado
Representante Estudiantil por toda la Universidad


Valentina Flórez Castiblanco
Representante Estudiantil Sede Central


Juan Pablo Barrera Castaño
Representante Estudiantil - Sedes Seccionales


Diego José García Corredor
Secretario Consejo Académico


Invitados

Héctor Julio Suárez Suárez
Decano - Facultad de Ciencias


Carlos Eduardo Rodríguez Molano
Decano - Facultad de Ciencias Agropecuarias


Ludy Alexandra Vargas Torres
Decana - Facultad de Ciencias de la Salud


Edgar Fernando Cervantes Díaz
Decano - Facultad de Derecho y Ciencias Sociales


Héctor Antonio Fonseca Peralta
Decano - Facultad Seccional Sogamoso


Fabio Camargo Morales
Decano - Facultad Seccional Chiquinquirá


Hugo Hernando Mendoza Vargas
Decano - Facultad de Estudios a Distancia

Requisitos para radicar solicitudes

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Reglamento Interno

Para efectos de radicación a las instancias pertinentes consultar la resolución No.8 de 2000.

  • El cierre de recepción de solicitudes institucionales, profesorales y estudiantiles, ante el Consejo Académico es el día jueves cada 15 días a las 11:45 de la mañana. Las solicitudes radicadas después de este tiempo se agendarán para una próxima sesión.
  • Se solicita tener en cuenta lo establecido en las Circulares 02 de 2007 y Circular 03 de 2007, emanadas por esta corporación.
  • Las solicitudes estudiantiles (incluidas las enviadas por fax o correo electrónico) deben anexar los soportes correspondientes, además de la dirección y teléfono, para envío de correspondencia. 

Tenga en cuenta:
  • Nombre y firma del solicitante
  • Nombre del programa académico al cual pertenece
  • Petición clara y justificada con los soportes respectivos
  • Correo electrónico o número telefónico

Tenga en cuenta:
  • Nombre y firma del solicitante
  • Código
  • Nombre del programa académico al cual pertenece
  • Petición clara y justificada con los soportes respectivos
  • Correo electrónico o número telefónico

Toda petición o recurso deberá interponerse por escrito, radicarse en la secretaria de la oficina correspondiente y deberá contener:

  • Instancia a quien se dirige.
  • Nombre e identificación del peticionario.
  • Petición o peticiones que formula.
  • Anexar las pruebas o soportes que sustenten la petición.
  • Presentación personal del peticionario, salvo en circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito.

Nota: Las autoridades académicas darán respuesta por escrito o fijaran en carteleras su decisión a más tardar dentro de los diez (10) días siguientes a la radicación de solicitudes debidamente presentadas, descontados los periodos que ocasionen los fortuitos pero recurrentes movimientos extra académicos. Las decisiones deberán absolver de fondo la petición elevada o sustentaran los motivos que la aplazan temporalmente.

 


Dirección de Escuela

Previo el lleno de los requisitos a que haya lugar, resolverán:

En primera instancia:

  • La designación de jurados para realización de habilitaciones orales y para revisión de pruebas escritas.
  • Autorización de reingreso de estudiantes.
  • Cancelación de asignaturas.
  • Autorización de pruebas académicas por razones de fuerza mayor o por encontrase en comisión

Definitivamente asuntos relacionados con:

  • Aprobación de cambios de jornada.
  • Matrículas de estudiantes por transferencia.
  • Certificaciones a estudiantes acreedores de distinciones académicas.
  • Absolución de las denuncias presentadas por los estudiantes sobre inasistencia de docentes a las distintas  actividades previstas en los programas académicos.

 


Comités de Currículo resolverán:


En primera instancia y previo el lleno de los requisitos a que haya lugar, asuntos relacionados con:

  • Modificación de horarios de asignaturas.
  • Homologación de asignaturas por transferencias.
  • Designación de jurados para realizar pruebas de validación, evaluación de trabajos de grado.


En segunda instancia los asuntos que en primera no hayan sido resueltos favorablemente por las direcciones de Escuela y que se haya interpuesto el recurso de apelación.

Comunicados

Circulares

Resoluciones

Proyectos de acuerdo y resoluciones del Consejo Académico UPTC

 

Información actualizada: 12 de febrero de 2026