Cuota Moderadora
La Cuota Moderadora es un aporte en dinero que efectúa el afiliado, al utilizar los servicios ofrecidos por el Plan Obligatorio de Salud, a fin de moderar el uso de los mismos. Aplica a los servicios de: Consulta externa médica, odontológica, paramédica y de medicina alternativa, Consulta externa por médico especialista, Fórmula de medicamentos para tratamientos ambulatorios, Exámenes de diagnóstico por laboratorio clínico, ordenados en forma ambulatoria y que no requieran autorización adicional a la del médico tratante, Exámenes de diagnóstico por imagenología, ordenados en forma ambulatoria y que no requieran autorización adicional a la del médico tratante, Atención en el servicio de urgencias única y exclusivamente cuando la utilización de estos servicios no obedezca, a juicio de un profesional de la salud autorizado, a problemas que comprometan la vida o funcionalidad de la persona o que requieran la protección inmediata con servicios de salud.
Los pagos de las Cuotas Moderadoras las pueden realizar en la Cuenta Corriente No 001505734439 del Banco Davivienda o en el Recaudo 5740 el Banco Itau.
Cuotas moderadoras 2025 |
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Nivel según I.B.C. | Rango I.B.C. | Valor cuota |
Nivel A | Hasta 2 SMMLV | $4.200 |
Nivel B | Mayor de 2 y hasta 5 SMMLV | $11.100 |
Nivel C | Mayor de 5 y hasta 10 SMMLV | $22.100 |
Nivel D | Más de 10 SMMLV | $27.000 |