La Formación Posgraduada permite la organización, el diseño, la
coordinación, la planificación y la ejecución de los programas de posgrado de la UPTC, además de
liderar e impulsar las políticas de formación posgraduada, el cual está en concordancia con el
Acuerdo 025 de 2012, que reglamenta los estudios de formación posgraduada en la
Universidad.
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Es la licencia que el Ministerio de Educación Nacional – MEN, otorga
a un programa de Educación Superior cuando demuestra ante él mismo, que reúne las condiciones
mínimas de calidad que la Ley exige. El Estado en concertación con el sector educativo superior,
define y evalúa permanentemente dichas condiciones.
Con relación a lo anterior; Formación Posgraduada ha establecido la documentación
correspondiente para la elaboración de nuevas propuestas y para la renovación de registro
calificado.
Una vez elaborada y ajustada la documentación para tal fin, se desarrolla la metodología que
se debe utilizar para el desarrollo de las solicitudes de registro calificado de los programas
académicos de posgrados, estos son similares a los programas académicos de pregrado; sin embargo
las guías y formatos son diferentes para ajustarse a los Lineamientos del Ministerio de Educación
Nacional – MEN.
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El procedimiento inicial, es el compromiso del Comité de Currículo,
grupos de investigación, Director de Posgrado de la Facultad y Decano, una vez conformado el equipo
gestor, comienza la redacción del
PROYECTO DE CREACIÓN. Dicho proyecto debe incluir los siguientes puntos
principales, visualizando su relación con el entorno y acorde con las directrices del plan de
desarrollo institucional.
Para el desarrollo de este proyecto se encuentran dispuesta la guía y formatos en el
procedimiento “DISEÑO, FORMULACION Y APROBACION DEL PROYECTO ACADEMICO EDUCATIVO DE PROGRAMAS DE
POSGRADOS" del Proceso de Formación Posgraduada y las guías “GUIA: PROYECTOS DE ACUERDO PARA
CREACION, MODIFICACION O EXTENSION DE PROGRAMAS ACADEMICOS” y en el proceso de Gestión de Programas
Académicos, en el Sistema de Gestión Integrado – SIG, en el siguiente link:
http://desnet.uptc.edu.co:17012/SIGMA/WFMapaSigmaIV.aspx.
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El procedimiento inicial, con la solicitud de renovación ante el
Ministerio de Educación Nacional mediante el SACES – Sistema de Aseguramiento de la Calidad de
Educación Superior, con 10 meses de anticipación del vencimiento de dicho registro. Según lo
anterior la documentación se debe entregar a la Vicerrectoría Académica, con 12 meses de
anterioridad al vencimiento del registro calificado del programa.
Para la renovación de Registro Calificado, se encuentra dispuesta las guías en el
procedimiento “AUTOEVALUACION DE POSGRADOS”, en el Sistema de Gestión Integrado – SIG.
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Proceso de Autoevaluación
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Es el proceso de análisis del programa organizado y conducido por sus
propios integrantes, para lo cual se reúne y analiza información a la luz de sus propósitos y
fines, con un conjunto aceptado de estándares de desempeño como referencia. Es una investigación
social que, debidamente ejecutada, muestra la capacidad de alcanzar los objetivos planeados.
Este proceso generalmente reúne las siguientes características:
• Permite a sus integrantes reflexionar acerca de la misión, la visión de la
institución, aporta información para elaborar un plan estratégico.
• Ayuda a comprobar el logro y cumplimiento de los objetivos
educacionales.
• Es una herramienta de gestión que contribuye a la creación de
una cultura de calidad y de mejoramiento continuo.
• Para acreditar un programa se distinguen dos fases: cuando se
habla de la autoevaluación con fines de acreditación y la evaluación externa. Para ambas se
acostumbra seguir el modelo de la entidad acreditadora.
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Autoevaluación de alta calidad
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La acreditación en alta calidad de un programa académico, es el
reconocimiento público me- diante el cual el Ministerio de Educación Nacional (MEN), previo
concepto del Consejo Nacional de Acreditación (CNA), certifica que un programa académico de
educación superior cumple con las condiciones de alta calidad.
El CNA inició formalmente la acreditación de alta calidad de
especializaciones médico quirúrgicas, maestrías y doctorados en Colombia a partir del mes de julio
de 2010 con la aprobación por parte del Consejo Nacional de Educación Superior (CESU) de los
lineamientos para la evaluación de programas de dicho nivel.
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Referentes Bibliográficos
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Referentes que tienen relación con acreditación de alta calidad de
programas de posgrados
1. AUTOEVALUACIÓN CON FINES DE ACREDITACIÓN DE ALTA CALIDAD DE PROGRAMAS DE
MAESTRÍA Y DOCTORADO: "GUIA DE PROCEDIMIENTO"
2. LINEAMIENTOS PARA LA ACREDITACIÓN DE ALTA CALIDAD DE PROGRAMAS DE MAESTRÍA Y
DOCTORADO
3. Contexto de la acreditación de posgrados de alta calidad
CNA
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Autoevaluación para la renovación del registro calificado
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El Decreto 1075 del 2015, dice que los programas académicos deben
evidenciar la existencia o promoción de una cultura de autoevaluación que tenga en cuenta el diseño
y aplicación de políticas que involucren a los distintos miembros de la comunidad académica, y
pueda ser verificable a través de evidencias e indicadores de resultado.
Para la renovación del registro calificado la Institución de Educación Superior debe
presentar, además, los resultados de al menos DOS
PROCESOS DE
AUTOEVALUACIÓN realizados durante la vigencia del registro calificado, de tal forma que entre
su aplicación exista por lo menos un INTERVALO DE DOS AÑOS.
Metodología utilizada para el desarrollo de los proceso de autoevaluación con fines de
renovación de registro calificado en los programas de formación posgraduada, es similar a los
programas académicos de pregrado; sin embargo la guía y formatos son diferentes para ajustarse a
los Lineamientos del Ministerio de Educación Nacional, en lo referente para posgrados.
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